Debe ser funcionario del Poder Judicial y llenar la boleta de afiliación, completar formulario de pólizas y copia de la cédula por ambos lados.
Puede utilizar nuestros canales de atención: Call Center, WhatsApp, Plataforma de Servicios, Móvil ASOSEJUD y Sitio Web.
Es un 3,5%, el cual se deduce en 2 quincenas.
Es un 2,33%.
Si recibe pago una quincena, solamente se realiza la mitad de la deducción, si no recibe en todo el mes, no se realiza y tampoco se acumula para el siguiente mes. En caso de poseer créditos activos, como solo se recibe una parte o del todo no, debe realizar el pago de la cuota en nuestra oficina o por medio de transferencia bancaria a alguna de nuestras cuentas.
Cédula jurídica: 3-002-287079
Banco Nacional de Costa Rica
IBAN: CR04015109510010011415
Cuenta Cliente:15109510010011415
Banco de Costa Rica
IBAN: CR42 0152 0100 1022 3307 00
Cuenta Cliente: 15201001022330700
Sinpe Móvil: 8630-9745
Nota: Si pagó a través de transferencia electrónica, favor anotar en el detalle del comprobante el nombre completo y el número de cédula de la persona deudora y notificar su pago al correo [email protected]
Los excedentes son la ganancia que obtuvo la organización durante el periodo fiscal y se distribuyen entre todos (as) los (as) asociados (as), de acuerdo al nivel de su ahorro. Se calculan con una fórmula matemática, donde se toman en cuenta tanto el aporte obrero como el patronal.
Puedo realizar trámite de crédito posterior a los dos rebajos quincenales.
En este caso por favor ingresar mediante el navegador Mozilla Firefox o Google Chrome a la dirección: https://www.progrxweb.com/WS_ASOSEJUD y solicitar al sistema «restablecer contraseña de acceso».
Recordar que su usuario es su cédula tal como está en el documento de identidad y cuando el sistema le pida un correo favor colocar este al cual le escribo (su correo).
Favor no solicitar la contraseña más de una vez.
Para usuarios iOS el app registra como “Portal Solidarista” y para usuarios Android el app registra como “ASOSEJUD”
En caso de que renuncie a la asociación mas no al Poder Judicial, se le hace entrega del aporte obrero en caso de existir remanente. Si se jubila, renuncia o despiden, el ahorro obrero y el patronal.
La ASOSEJUD tiene 30 días hábiles para realizar el depósito.
No es posible.
La entrega de ambos ahorros se gestiona por medio del juzgado de trabajo.
No las poseen. La Ley de Asociaciones Solidaristas N°6970 en su capítulo IV, artículo 54 indica que: “Los cargos de director y del fiscal no pueden ser remunerados”.
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